Archivo | Venta de inmuebles

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¿Qué determina el valor de un inmueble?

Posted on 25 enero 2010 by Aldea Urbana

El valor de tu propiedad en el mercado depende de diversos factores que es necesario saber evaluar; importante es conocer por ejemplo la antigüedad de la vivienda, los servicios tanto externos como externos, la zona donde se ubica y por su puesto las áreas con que cuenta el inmueble y que en algunos casos representan un importante atractivo para el cliente.

Casa de Richard Neutra’s Kaufman (1946) en Palm Springs, California foto Wikipedia.

Antes que todo y de acuerdo a la experiencia acumulada en Aldea Urbana hemos llegado a la conclusión que quizá el punto más importante es conocer las ventajas y desventajas de la propiedad. El aspecto es un tema relevante, que muchas veces requiere invertir poco dinero y es un punto a favor al momento de ofertar un inmueble; sencillas mejoras como pintar las rejas externas, quitar manchas de humedad de paredes, arreglar el timbre, etc., son símbolo de cuidado y orden, ayudando sustancialmente a mejorar la buena impresión que el posible comprador pueda llevarse del predio al visitarlo, tengan en cuenta que el objetivo es uno solo: vender.

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Impuesto a la renta – sobre venta de inmuebles

Posted on 12 enero 2010 by Aldea Urbana

Y como lo prometido es deuda, esta es la segunda parte del tema sobre el Impuesto a la Renta que tocamos la semana pasada en el blog. Para esta ocasión les tenemos preparadas novedades con respecto a este asunto que muchas veces nos trae serios dolores de cabeza.

Primero, debes saber que a este tipo de impuesto esta comprendido dentro del régimen de Segunda Categoría y en ella también se incluyen los referentes a regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave, entre otros.

Las últimas: la Cámara de Comercio de Lima (CCL) ha pronunciado recientemente que aquellas personas naturales que vendan inmuebles continuarán pagando el 5% de impuesto por las dos primeras ventas, pero desde la tercera venta pagarán el 30% del impuesto al adquirir la condición de habitualidad.

Se dice que una persona natural se convierte en habitual, y por tanto, tributa bajo la categoría de renta empresarial a partir de la tercera enajenación producida en un ejercicio.

La CCL también indicó que los contribuyentes que durante el año 2009 han percibido rentas de Segunda Categoría y que pagaron 5% sobre las ganancias obtenidas, ya no presentarán la Declaración Jurada de regularización, pues tales pagos tuvieron carácter definitivo.

A su vez, el viernes 08 de enero, la Sunat publicó una resolución en la que se aprobaron estas nuevas disposiciones, asimismo, formularios del Impuesto a la Renta (IR) correspondientes al ejercicio gravable 2009. A partir del 15 de enero próximo, los formularios podrán obtenerse en el sitio Web oficial de SUNAT.

Si quieres más novedades no dudes en consultarnos; Aldea Urbana, siempre estará pendiente de las actualizaciones legales, te invitamos a unirte a nuestro Newsletter, para inscribirte sólo accede a la página de nuestra dirección feed y selecciona el servicio que más te guste o ingresa tu email en el formulario que se encuentra al lado derecho del Blog.

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Sepa todo sobre el Impuesto de Alcabala

Posted on 22 diciembre 2009 by Aldea Urbana

Finanbolsa
La emoción que conlleva la compra de una casa propia, a veces, hace que olvidemos detalles importantes sobre las responsabilidades a cumplir después de haberse producido la transferencia del inmueble.

Esta vez, Aldea Urbana, te guía y resuelve tus dudas acerca del Impuesto de Alcabala, un pago que tasa las transferencias de inmuebles, urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, incluyendo las ventas con reserva de dominio.

Si eres el comprador o adquiriente de la casa, estás obligado a cancelarlo al contado. El precio de este equivale al 3% del valor de venta, descontadas las 10 primeras UIT (ver más). Se toma el valor de venta consignado en la minuta, si el monto de la minuta es menor al autoevalúo, entonces se calcula sobre el monto del autoevalúo.

El plazo de pago vence el último día hábil del mes siguiente de producida la entrega. Si es compra-venta, se toma la fecha de la minuta, si es donación, la fecha de la escritura pública. Están exonerados los anticipos de legítima, las herencias, acciones y derechos inmobiliarios entre herederos.

Puedes realizar la cancelación de este impuesto en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o en algunas notarías públicas autorizadas. Podrías efectuar tu propia liquidación en los formularios que para tal efecto se ponen a tu disposición en las oficinas del SAT.

Para que se efectúe el pago del impuesto, deberás presentar (en original y copia) los siguientes requisitos en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria:
a) Presentación de copia simple del documento que acredite la transferencia de propiedad.
b) Copia de Auto avalúo del año en que se produjo la transferencia (solo para el caso de predios no ubicados en el Cercado de Lima, ni inscritos ante el SAT).
c) Exhibición del documento de identidad de la persona que realiza el trámite.
d) Cuando se trate de bienes futuros, presentación de copia simple del documento que acredite le existencia del bien (Ejemplo: Acta de entrega del bien).

*Recuerda que el pago del impuesto es requisito para que formalices, mediante escritura pública, la transferencia, así como para su inscripción en los registros públicos.

Aldea Urbana, siempre manteniéndote actualizado sobre los requisitos que debes saber ante la adquisición de una vivienda. ¡Si tienes dudas, no dudes en contactarnos!

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Qué es un Agente Inmobiliario?

Posted on 17 noviembre 2009 by Aldea Urbana

agente_inmobiliario[getty images]El Agente Inmobiliario es cualquier persona natural o jurídica, formalmente reconocida por el Estado y que realiza operaciones inmobiliarias a cambio de contraprestación económica.

Este Agente es reconocido por Ley (Ley 29080 de Creación del Registro de Agentes Inmobiliarios) y desarrolla el servicio de intermediación destinado a la adquisición, administración, arrendamiento, comercialización, asesoramiento, consultoría, transferencia, venta, cesión, uso, usufructo, permuta u otra operación inmobiliaria a título oneroso de inmuebles.

Aquí, en Aldea Urbana, algunos de sus deberes:

• Es deber de este agente actuar en los contratos sobre bienes inmuebles bajo el principio de la buena fe y transparencia.
• Asesorar en la evaluación comercial para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración.
• Orientar a los propietarios acerca del valor y las características de los bienes y las consecuencias de los actos que realicen.

Al estar avalado por el estado peruano, las infracciones de los agentes inmobiliarios susceptibles a sanción son establecidas por la ley y son las siguientes:

• Actuar como Agente inmobiliario sin contar con reconocimiento del estado.
• Actuar sin el consentimiento expreso de todas las partes.
• Retener indebidamente cualquier documento o dinero de las partes
• Remitir información falsa o incompleta de las operaciones inmobiliarias en la que interviene.

No podemos olvidar que toda propuesta verbal o escrita por parte del agente tiene por finalidad la celebración de un contrato sobre el bien inmueble que se está tratando.

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Quiero vender mi casa… ¿Cómo hago?

Posted on 09 septiembre 2009 by Aldea Urbana

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Vender una casa puede ser sencillo pero si usted no tiene la experiencia o los consejos adecuados, podría encontrarse con dificultades no previstas como documentación incompleta, impuestos elevados, fraudes o recibir menos dinero de lo que pensaba.

Pero primero, lo primero: ¿Cuánto podría valer mi casa?

Para saber cuanto vale una casa es necesario investigar, comparar con otras casas en venta o en su defecto, consultar con un agente inmobiliario para que después de una tasación se logre asignar un precio.

Recuerda que es importante llegar a un precio justo pues en un mercado como el nuestro un inmueble sobrevalorado es un inmueble invisible.

Entonces ¿Que vengan los compradores?

O de repente la casa no está lista para visitar. Recuerda que hay reparaciones defectuosas que pueden anular una posible venta.

Aquí algunos consejos antes de la visita de un posible comprador:
– la primera impresión es importante, por eso una fachada bien pintada hace una gran bienvenida.
– Cuidado con los olores. Antes de cada visita ventilar los espacios cerrados y usar atomizadores. Uno nunca sabe quien podría estar interesado en nuestro bien.
– Todo debe funcionar, sobre todo cañerías del baño y la cocina.
– Es mejor ser sinceros y divulgar los problemas que no dependen de nosotros, así evitamos una posible demanda.
– La casa debe estar despejada, sin trampas, lista para ser observada hasta el último rincón.

A veces la mejor promoción la hace uno mismo de manera directa con amigos, etc pero no esperes milagros, mejor anuncia la venta de tu casa en Aldea Urbana, tu portal especializado de Viviendas en Perú y tendrás mejores resultados.

Internet es una de las formas más novedosas de vender una casa pues con fotografías, descripciones y mapas del lugar exacto el posible cliente puede hacerse una idea de la oferta.

Pero recuerda, el comprador siempre va a querer visitar en persona su futuro hogar. Un agente inmobiliario a veces es necesario y te ayudará a mantener la objetividad a la hora de ofertar.

Que tengas una buena venta.

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