Si tu edificio tiene más de 40 años y no cuenta con un Reglamento Interno que establezca una Junta de Propietarios. Es el momento que sepas, cuales son los beneficios de tenerla:
- Elecciones periódicas de representantes de la Junta: Presidente, secretario, tesorero (cada 2 años como mínimo)
- Establecimiento de Balances de ingresos y egreso
- Control de deudores
- Pago de cuotas de manteamiento a través de bancos
- Mejora en mantenimiento de las áreas comunes
Para gozar de estos beneficios y tener validez, debe inscribirse en los Registros Públicos.
Para ello, te sugerimos que te asesores con un abogado especialista para la elaboración de un documento de adecuación donde se incluyan normas sobre Junta de Propietarios estableciéndose: elecciones, convocatoria, deberes y derechos entre otros relacionados.
Los requisitos para inscribir en los Registros Públicos son:
- Copia certificada del Acta donde se aprueba tanto el documento de adecuación como la elección de la Junta de Propietarios
- Declaración Jurada de haber realizado la convocatoria con firma legalizada.
- Pago de derechos a trámite dependerá de la precalificación antes de ingresar la solicitud, el cual dependerá de la cantidad de departamentos que tenga el edificio multifamiliar.
Es importante resaltar que para convocar a una sesión de este tipo se requiere del 25% del total de propietarios.
Esperamos aquí en Aldea Urbana, que esta información te sea muy útil.
Te dejamos con algunos enlaces de publicaciones anteriores que pueden ser de tu interés:
¿Qué es una Junta de Propietarios y Reglamento Interno?:
Alcances y normativas legales de Juntas de Propietarios




















marzo 9th, 2020 at 19:04
Consulta, nuestra junta no esta registrado en Sunarp, podemos enviar una carta notarial como pre-aviso a una persona que debe 04 meses de mantenimiento??
Estaré a la espera de sus comentarios.
Atte.
Sonia Martinez
marzo 16th, 2020 at 9:08
Hola Sonia
Si cualquier persona puede enviar una carta notarial puede hacerlo pero representación no tiene por eso se constituye la Junta y eligen a los directivos para que sea reconocida y tenga las facultades suficientes para ejercer acciones hasta incluso legales.
Te sugerimos enviarla pero luego formalizar la Directiva para que no tengan mas inconvenientes
Esperamos haberte ayudado
Carla P
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