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¿Cómo tratar con una agencia inmobiliaria?

Escrito el 20 junio 2011 por Miriam Guevara

Contratar una agencia inmobiliaria puede ahorrar al consumidor tiempo y esfuerzo, sin embargo hay algunos temas que ameritan ser tratados:

Comisiones exageradas:

El importe del servicio prestado por la agencia puede superar el 3% del precio de venta de la vivienda. Para muchos que desean contratar con dicho servicios puede ser una cuantía desproporcionada, ya que se estaría cobrando al cliente por el simple hecho de proporcionarle un comprador, un vendedor o un inquilino. En estos casos se debe dejar en claro que la comisión pactada libremente entre las partes se suele cobrar directamente al vendedor; si se traslada directamente al comprador, queda a expensas de que éste la acepte; a veces se cobra a ambas partes, una forma de actuar discutible, ya que el servicio ofrecido es único.

Agencias contratadas en exclusividad:

La mayoría de las agencias exigen un encargo en exclusiva. Sin embargo es mejor para el cliente que la prestación del servicio sea sin exclusiva; así siempre tendrá la posibilidad de vender la casa por su cuenta sin tener que pagar nada a la agencia o encargar la operación a varias agencias diferentes, pagando la comisión sólo a aquella que efectivamente le encuentre un comprador. Si el cliente acepta un encargo en exclusiva, la agencia contratada será la única autorizada para vender la vivienda durante el plazo que se hubiese pactado en el contrato; si el propietario la vendiese por su cuenta, tendría que pagar la comisión acordada.

Es el vendedor quien decide el valor de la venta:

Las agencias suelen aconsejar al vendedor un determinado precio de venta, pero es el cliente quien debe ser consciente de que es él quien tiene la última palabra.

Al margen de estos tres temas existen algunos problemas que pueden surgir de la  relación con una agencia inmobiliaria entre vendedor y comprador. Por ello lo más aconsejable a tener en cuenta es lo siguiente:

Para el vendedor o arrendador

  • Antes de elegir una determinada agencia acuda a varias e infórmese sobre las condiciones de cada una de ellas.
  • Proponga a la agencia un acuerdo verbal sin exclusiva en el que a cambio de sus servicios se pacte una retribución concreta.
  • En el caso de que la agencia ofrezca como única opción firmar un contrato lea atentamente las condiciones.
  • No hay comisiones fijas y no pague al agente hasta que realmente se firme el contrato de venta.

Para el comprador o arrendatario:

  • No firme nada que no sea un contrato de compraventa, entre comprador y vendedor; o de arrendamiento, entre arrendador y arrendatario. Recuerde, no lo firme sólo con la agencia.
  • Solicite la firma del vendedor y no sólo la de la agencia; de lo contrario, y aunque el encargo de mediación sea en exclusiva puede tener problemas.
  • Desconfíe de los contratos propuestos por las agencias inmobiliarias.

Artículo de colaboración del Instituto de Alta Gerencia: IAG.

Escrito por el Dr. Pinkas Flint, Ph. D.

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