Extracto de la entrevista realizada el día 1 mayo 2011 por el Diario El Comercio
a nuestra Directora Carla Peralta.
Existe una manera legal de adelantar la transferencia de las propiedades que es mediante el contrato Anticipo de Legítima, es un adelanto de la herencia que le corresponde, por ejemplo, a sus hijos por derecho. Â Los beneficiados son los herederos forzosos como los cónyuges, hijos y otros descendientes menores o incapaces. Asimismo los padres y ascendientes que se encuentren en estado de necesidad y los hermanos menores incapaces del titular.
En caso de que el beneficiario sea un menor de edad, serán los padres quienes se encargarán de administrar el inmueble hasta su mayoría de edad. Que quede claro que ellos no podrán disponer o transferir el bien del menor, salvo que lo hagan por vía judicial.
Multifamiliar:
Si se construyen pisos superiores, estos deben ser inscritos primero en los registros públicos como propiedades independientes y luego proceder a realizar el Anticipo de Legítima. El trámite en el cual se les otorga los bienes a los familiares se realiza mediante una minuta elaborada por un abogado y escriturado ante un notario público.
De encontrarse hipotecada la propiedad «se debe contar con la autorización de la entidad o persona ante la cual se tenga la deuda». Cabe mencionar que el Anticipo de Legítima puede anularse o revocarse si se comprueba que se actuó de mala fe.



















