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¿Cuál es el procedimiento en la compra de un bien hipotecado?

Escrito el 25 abril 2011 por Miriam Guevara

Foto obtenida de Economía Café Versátil.

Autor: Pinkas Flint Ph, D

Las ejecuciones hipotecarias son difíciles, se suele decir que son un gran potencial para que se conviertan en ganancia. Esto es así debido a que mientras para algunos la pérdida de un hogar a causa de la ejecución de una hipoteca puede ser devastador; al mismo tiempo puede significar una oportunidad  para quienes desean adquirir una casa.

Cualquier persona interesada en la compra de un bien hipotecado puede asumir la posición del acreedor, con lo cual se vincula a un proceso de ejecución. En consecuencia pasa a ser parte procesal que le confiere suficiente legitimación para intervenir en el proceso. Sus obligaciones todavía no estarán completas mientras no continúe el cumplimiento de las etapas siguientes al acto del remate.

Esta es una figura jurídica a la que recurren personas que quieren adquirir inmuebles en remate con fines de negocio (inversionistas), y es la venta que se  realiza entre el banco o  empresa administradora de carteras, a un particular, de todos y cada uno de los derechos que se tienen sobre el bien inmueble materia de Hipoteca, esto es, comprar el juicio concluido y ganado por el banco, justo antes de la venta judicial en la que se rematará el inmueble por el juez. Con esto el cliente se convierte en el nuevo acreedor hipotecario  en lugar del banco teniendo la posibilidad de vender el inmueble a alguno de los compradores que se presenten en la audiencia de remate judicial respectiva, obteniendo una utilidad por dicha venta, o si decide no venderlo en el remate que hace el juez, tiene la seguridad de adjudicárselo para venderlo o habitarlo.

Es conveniente que los compradores antes de realizar cualquier transacción, investiguen el inmueble hipotecado. Se aconseja realizar un análisis jurídico para lo cual se sugiere:

  1. Comparar el precio de viviendas cercanas dentro del sector, para  determinar si el precio  que piden por la casa hipotecada es una buena oportunidad.
  2. Determinar la razón por la cual el inmueble se está rematando y los detalles específicos del estado del procedimiento judicial.
  3. Determinar el valor de la deuda (capital e intereses), a fin que el comprador-acreedor no pague  montos mayores al establecido. Así, determinar si el valor de la deuda incluye deudas del propietario con los servicios asociados  (luz, agua, teléfono).
  4. Averiguar si existen otros acreedores que hayan gravado el inmueble para calificar si es o no una buena inversión.

Una vez realizado el análisis jurídico se procede a la firma del contrato denominado “Cesión de Crédito y Derechos Litigiosos ante el Notario”, y se presenta  ante el juzgado correspondiente para acreditar ser el nuevo cesionario del crédito, y continuar con el procedimiento hasta llegar a la posesión física del  inmueble.

Un agradecimiento especial al Instituto de Alta Gerencia-  IAG- por su contribución con los artículos.

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