Las personas interesadas en el Bono de Arrendamiento para Vivienda (BAV), se realizarán en los centros autorizados en Lima, Trujillo y Arequipa.
Como se recuerda, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) anunció 2000 bonos para este año, los cuales se distribuyen de la siguiente manera: 1000 para Lima, 500 para Arequipa y 500 para Trujillo. Para ello, se ha destinado al Fondo MIVIVIENDA (FMV) la suma de S/12 millones para cubrir la demanda de esta primera convocatoria.

Luego de las inscripciones y evaluación, se firmarán los primeros contratos de alquiler a partir del 21 de octubre.
Lugares de inscripción
- Lima: en la Vitrina Inmobiliaria, ubicada en el Jirón Camaná N° 199, Cercado de Lima. De lunes a viernes en el horario de 9:00 a.m. hasta 6:00 p.m., y los sábados de 10:00 a.m. a 1:00 p.m.
- Arequipa: en el Centro de Atención al Ciudadano (CAC) del MVCS, localizado en Calle República de Chile N° 329, Urb. La Negrita, Cercado de Arequipa. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
- Trujillo, en el CAC ubicado en Jr. Diego de Almagro N° 560, Cercado de Trujillo. La atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
¿Cómo funciona?
El BAV se otorgará con una periodicidad mensual y por un tiempo máximo de 5 años, a efectos de brindar ayuda económica para arrendar una vivienda a personas entre 18 y 40 años, que tengan como ingreso mensual máximo hasta S/3538.
Es importante destacar que el valor mínimo de la renta mensual es S/750 y el máximo S/1560, siendo el bono de S/ 500. El 70% será destinado a la renta mensual (S/350) y el 30% restante irá al ahorro (S/150)
Cómo postular
Para acceder al BAV deben estar conformados como mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos, convivientes sin impedimento matrimonial o amigos; además de no ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.
En ambos casos no deben haber sido beneficiarios de otros programas de viviendas sociales, ni figurar en el registro de inquilinos morosos.



















