Foto obtenida de Inmoexperto.
Contratar una agencia inmobiliaria ahorra al consumidor tiempo y esfuerzo; los servicios de las agencias pueden ser costosos y a menudo se suele exigir exclusividad. Veamos el ejemplo siguiente en el cual un vendedor se encuentra en la disyuntiva de seguir los consejos de su tío o los de una agencia inmobiliaria.
El Sr. Carranza, residente en los Estados Unidos, necesita vender un inmueble de su propiedad ubicado en Lima. Para ello, su tío le recomienda que lo mejor será publicitar el inmueble en periódicos locales de tal manera que cuando se presente un potencial comprador viaje a Lima a celebrar el contrato; mientras que el Sr. Rodríguez gerente de una agencia inmobiliaria le propone publicitar la venta de su inmueble por medio de uno de sus agentes estableciendo.
Como importe por el servicio colocará el 3% del valor de la venta. El Sr. Carranza entiende que se trata de una cuantía desproporcionada pues se le estaría cobrando por el hecho de proporcionarle un comprador sumado a otras gestiones que tendría que tramitarlas personalmente como, tramitar la hipoteca, tasar la vivienda y redactar el contrato.
Ante esto se nos consulta, ¿qué es lo más aconsejable para el Sr Carranza como vendedor que reside en los Estados Unidos?
Si una de las partes contratantes actúa mediante poder, deberá contar con las facultades suficientes. De esta forma, en el caso del comprador, las facultades mínimas serán las de comprar inmuebles, celebrar contratos de crédito y/o mutuo, constituir garantías hipotecarias y firmar pagarés. En el caso del vendedor, deberá contar con facultades como vender inmuebles y cobrar cheques. Ello se aplica tanto para personas naturales como para personas jurídicas. En cualquiera de los casos, los poderes deberán estar inscritos en Registros Públicos.
En términos de costos lo más rentable es contratar los servicios de un agente especializado. El que un consumidor se interese en mirar el inmueble no garantiza su venta y menos justifica los gastos de cada viaje a Lima. Lo más indicado es optar por una agencia pues es el cliente quien tiene la última palabra. La valoración que haga la agencia no tiene por qué ser la más ventajosa: puede interesarle fijar un precio de venta menor con el fin de venderla cuanto antes, o bien uno mayor para obtener una mayor comisión.
Ahora bien, los problemas que pueden surgir de su relación con una agencia inmobiliaria son muy variados. Los consejos para el vendedor serían:
– Â Antes de elegir una determinada agencia acuda a varias e infórmese sobre las condiciones de cada una de ellas.
– Â Proponga a la agencia un acuerdo verbal sin exclusiva en el que a cambio de sus servicios se pacte una retribución concreta.
– Â En el caso de que la agencia ofrezca como única opción firmar un contrato, lea atentamente las condiciones.
– Â Es preferible que no haya exclusividad. Si la admite, al menos incluya la posibilidad que pueda usted venderla por su cuenta sin tener que abonar por ello honorarios.
– Â Pregunte al agente inmobiliario si cuenta con un seguro de responsabilidad civil. Este seguro cubrirá cualquier problema derivado de su acción, sobre todo, en aquellos casos en los que exista negligencia inexcusable del agente sobre las condiciones reales del inmueble; por ejemplo, porque cuando no se advierte que sobre el inmueble existía una hipoteca pendiente.
*Artículo brindado por el Instituto de Alta Gerencia (IAG).
Autor:Â Pinkas Flint Ph. D