Foto obtenida de la página BP.
La partida registral es un documento de los Registros Públicos donde se encuentra toda la historia completa de un bien inmueble, el cual se puede obtener de dos formas:
- Con una copia informativa simple. No tiene validez legal ni administrativa.
- Con una copia certificada del CRI (Certificado Registral Inmobiliario). Documento mediante el cual el registrador público certifica el estado legal de la propiedad, tiene validez legal para todos sus efectos.
Antes de hacer una lectura de la partida registral es preferible conocer cuáles son las partes de la misma:
- Antecedente Dominal. Se anotan los datos de ubicación de la partida registral.
- Descripción del inmueble. Se anotan las características físicas y descripciones del bien inmueble, la Declaratoria de Fábrica.
- Títulos de Dominio. Se anotan todas las transferencias que la propiedad haya tenido en el transcurso de los años.
- Gravámenes y cargas. Se anotan las afectaciones judiciales y extrajudiciales como embargos, anotaciones de demanda, hipotecas legales, etc.
- Cancelaciones. Se anotan los levantamientos de las afectaciones judiciales y extrajudiciales que pueda tener la propiedad.
- Registro personal. Se anotan los divorcios, separación de bienes, muerte presunta, etc.
Una vez obtenida la partida registral se deben realizar los siguientes pasos:
- En la Sección C de la partida registral Títulos de Dominio verificar si el que vende es el verdadero propietario, su nombre deberá aparecer en esta sección como el último dueño.
- En la Sección B de la partida registral Descripción del Inmueble verificar si tiene Declaratoria de Fábrica del 100% de la construcción de la propiedad que se quiere comprar o vender.
- En la Sección D de la partida registral Gravámenes y Cargas revisar si la propiedad tiene alguna afectación como embargo, anotación de demanda, hipoteca legal, arrendamiento, anticresis o bloqueo registral.
- En la Sección E de la partida registral Cancelaciones verificar si las afectaciones indicadas en la Sección D que pudo tener el bien inmueble han sido levantadas.
- En la Sección F de la partida registral Registro Personal verificar si la propiedad no esta incluida en un proceso de separación de bienes, muerte presunta u otros problemas personales.
Después de realizar todo el análisis anterior, recién se podrá determinar si la propiedad se encuentra saneada o establecer el estado en el que se encuentre.
*Artículo brindado por el Instituto de Alta Gerencia (IAG).
Autor:Â Pinkas Flint Ph. D
julio 12th, 2014 at 0:50
Quiero felicitar por esta publicación, pues está descrito tan sencillo que es fácil comprender estos temas registrales.
un abrazo
Charo Delgado
marzo 19th, 2014 at 23:04
En la letra “D” me sale: CARGA: Las obras que faltan ejecutarse deberan llevarse a cabo en forma progresiva en el plazo maximo de 10 años contados a partir de la transcripcion de la resolucion N 158-86-CPA-L-L-4 por el valor I/. 2,243.00 03-03-1986 Fdo. H. Meneses. Arequipa 4 de junio de 1986.
QUE SIGNIFICA ESTO. ES RECOMENDABLE COMPRAR ESTE TERRENO.
enero 27th, 2012 at 12:35
buena.. me ayudastes para el trabajo que tengo
julio 19th, 2011 at 22:11
Muy buena la publicación, es importante conocer sobre documentación de Registros Publicos.
Sería bueno que tocaran temas sobre procedimiento registral, muchas gracias.
mayo 9th, 2011 at 10:47
Muchas gracias a ti, Luis, por seguirnos. Si tienes algún tema que te gustaría que tocáramos, haznoslo saber.
Estamos para servirte.
¡Saludos!
mayo 7th, 2011 at 11:47
Excelente las publicaciones sobre conceptos básicos para la buena lectura de los documentos que emite la SUNARP. Por favor sigan con esta labor, gracias.